Está constituida por siete funcionarios, quienes cumplirán con los requisitos de perfil de nombramiento que se establece en los artículos 85 y 88 de la Ley Orgánica del Ambiente, bajo las condiciones que se indican en los mismos. Los miembros son nombrados por un plazo de seis años.
El representante del Ministro de Ambiente y Energía es el Secretario (a) General, quien preside la Comisión Plenaria.
La Comisión Plenaria debe reunirse ordinariamente tres veces por semana, en días y horas que el propio órgano acuerde, sin necesidad de convocatoria especial. Para reunirse en forma extraordinaria, podrá habilitarse días y horas, pero será necesaria una convocatoria con una antelación mínima de doce horas.
El quórum para que la Comisión Plenaria pueda sesionar válidamente será de cuatro miembros.
Por definir, representante del MINAE
Poltronieri Ovares Francisco Javier, representante del ICE
Ana Martínez Charpentier, representante del AYA
Priscilla Cubero Pardo, representante del CONARE
Marvin Boza Quesada, representante del Ministerio de SALUD
Miguel Marín Cantarero, representante del MAG
Katherine Miranda Barzallo Representante del MOPT
Funciones
Dentro de sus funciones se encuentra:
Según decreto: Decreto Nº 43212-MINAE: Reglamento de funcionamiento de la Comisión Plenaria de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental.
©2020 SETENA, DESARROLLADO POR: KCT | ARTINWEB