ASA

Es el Departamento que brinda Seguimiento Ambiental a los proyectos que cuentan con Viabilidad Ambiental.

Funciones

Dentro de sus funciones se encuentra:

 

  • Realizar el seguimiento ambiental a actividades, obras o proyectos que cuentan con viabilidad licencia ambiental para verificar el cumplimiento de las resoluciones emitidas por la Comisión Plenaria, lo establecido en los instrumentos de evaluación de impacto ambiental y los compromisos e indicadores ambientales adquiridos por el desarrollador
  •  Atender las denuncias ambientales presentadas ante la SETENA y recomendar las acciones que corresponden.
  •  Realizar el seguimiento ambiental a actividades, obras o proyectos que cuentan con viabilidad licencia ambiental  para verificar el cumplimiento de las resoluciones emitidas por la Comisión Plenaria, lo establecido en los instrumentos de evaluación de impacto ambiental y los compromisos e indicadores ambientales adquiridos por el desarrollador.
  •  Realizar auditorías ambientales a proyectos, obras o actividades que cuentan con viabilidad licencia ambiental, cuando sea requerido por la Comisión Plenaria.
  •  Analizar auditorías ambientales externas a proyectos, obras o actividades.
  •  Analizar las solicitudes de ampliación de proyectos con viabilidad (licencia) ambiental.
  •  Verificar el cumplimiento de las funciones de los responsables ambientales nombrados en los proyectos con Viabilidad Licencia Ambiental ­VLA­.
  •  Establecer y mantener un registro de la presentación de informes de responsabilidad ambiental y de las bitácoras.
  •  Atender las solicitudes de devolución del monto de la garantía ambiental de la actividad obra o proyecto.
  •  Atender la solicitud de cierre técnico del proyecto y recomendar el archivo del expediente administrativo, cuando corresponda.
  •  Emitir criterio técnico para resolver recursos interpuestos en vía administrativa y judicial.
  •  Elaborar y mantener actualizado el manual de procedimientos del departamento.
  •  Elaborar los informes al Secretario (a) General que le sean requeridos en materia de su competencia.
  •  Todas aquellas otras funciones necesarias para el efectivo y eficiente cumplimiento del interés institucional

 

Según decreto: Decreto Nº 36815-MINAE (Reglamento de Organización de la Estructura Interna de Funcionamiento de SETENA) Artículo 23.