Educación Ambiental

El Departamento de Educación Ambiental, asesora, apoya y brinda orientación a funcionarios públicos que así lo solicitan, en el tema de la normativa vigente para tramitología ante la SETENA.
Coordinar y brindar el apoyo técnico necesario para ofrecer respuesta al usuario externo, en las consultas que ingresan por el portal.

Funciones

Dentro de sus funciones se encuentra:

 

  • Coordinar con la Dirección Administrativa y el Departamento de Planificación Institucional la formulación del Plan de Educación Ambiental y Capacitación Institucional.
  • Ejecutar el Plan de Educación Ambiental y Capacitación Institucional.
  • Mejorar el desempeño de los funcionarios de la SETENA mediante el Plan de Educación Ambiental Institucional.
  • Organizar y mantener los registros y bases de datos de las capacitaciones del personal de la institución.
  • Llevar el archivo de programas y evaluaciones de la educación ambiental.
  • Apoyar, dar asesoría y seguimiento en la instrucción del personal de la SETENA en las oficinas regionales para que asuman actividades propias de Educación Ambiental Institucional.
  • Contribuir a que el servidor público de la SETENA, una vez capacitado, pueda representar activamente a la Institución para mejorar la calidad técnica y humana de servicio que se brinda a los usuarios.
  • Promover en los servidores públicos de la SETENA, la superación personal, mediante el perfeccionamiento de sus conocimientos, habilidades y destrezas.
  • Promover el conocimiento técnico cultural del personal de la SETENA para obtener actitudes favorables integradas al desempeño institucional.
  • Promover el nivel adecuado de relación humana y de clima organizacional para mejorar la imagen institucional.
  • Coordinar y brindar apoyo técnico y administrativo necesario para el desarrollo de proyectos específicos de educación ambiental, suscritos por la SETENA.
  • Realizar actividades de seguimiento en coordinación con el departamento de planificación institucional, que permitan evaluar los resultados de la educación ambiental y velar porque se cumplan las obligaciones contraídas de la SETENA.
  • Todas aquellas otras necesarias para el efectivo y eficiente cumplimiento de sus funciones y el interés institucional.

 

Según decreto: Según decreto: Decreto Nº 36815-MINAE (Reglamento de Organización de la Estructura Interna de Funcionamiento de SETENA) Artículo 29.