ASUNTO: Cambios importantes en el procedimiento para la emisión de factura electrónica por el pago de tarifas de formularios, por disposiciones del Ministerio de Hacienda y en cumplimiento de las normas NICSP.
Estimados consultores.
Se comunica que por disposiciones del Ministerio de Hacienda y en cumplimiento de las normas NICSP, SETENA no está autorizado para mantener en custodia ingresos o depósitos no identificados, con lo cual está obligada a facturar los servicios el mismo día que el usuario realiza el depósito en la cuenta bancaria.
Por lo anterior, se indica procedimiento para la emisión de factura electrónica por el pago de tarifas de formularios:
El usuario debe realizar el depósito (utilizando el tipo de cambio de venta de BCCR del día) en la única cuenta corriente en colones destinada para tal fin para el pago de formularios:
MONEDA | CUENTA CORRIENTE | IBAN |
---|---|---|
Colones | 10001202000651-5 | CR15015120210010006511 |
Una vez confeccionada la factura, el usuario no podrá solicitar la devolución de dinero por ningún motivo, por lo que se insta a confirmar previamente los datos suministrados para la emisión.
IMPORTANTE:
En adelante, el usuario debe realizar el depósito y remitirlo junto con los datos requeridos el mismo día que depositó.
A partir de esta publicación, favor tomar en cuenta lo siguiente:
Si el usuario realizó un depósito y no envió la información para facturar el mismo día, SETENA procederá el último día hábil del mes a emitir las facturas de los depósitos pendientes con el nombre y número de cédula que esté registrado en el estado de cuenta del banco. Por lo tanto, será responsabilidad del interesado comunicarse con el Departamento Administrativo para identificar la factura y brindar el correo electrónico donde remitirla.
En caso de tener alguna duda puede comunicarse al Departamento Administrativo al correo electrónico avillalobos@setena.go.cr
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